En días pasados (hace casi un mes, pero hasta hoy pude comentarlo) asistí a una charla con la Dra. Adriana Rivero Garza, titular de la Secretaría de las Mujeres en Zacatecas, plática o cursillo denominado “Protocolo de Actuación para quienes imparten Justicia en casos que involucren la Orientación Sexual o Identidad de Género.”
Resultó una charla muy constructiva, y para ser franco, bastante entretenida y divertida. Estoy seguro que divertida no es el adjetivo que cualquiera esperaría para una sesión jurídica, particularmente con un tema de este tipo, donde aún predomina la discriminación y la falta de acuerdos.
Pero al menos a mí sí me pareció una reunión jovial. La ponente era abogada de profesión, e historiadora por convicción; estaba muy enterada del tema. Además coincidimos en el espacio con personas de la comunidad LGBTTTI (para quienes no lo identifiquen, es todo lo siguiente: lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, trasvesti, intersexual) lo cual enriqueció significativamente la plática con puntos de vista diversos.
Dejar de lado los formalismos técnico/jurídicos, y conocer los problemas y preocupaciones de la comunidad –a nivel de la calle, como dirían- fue un ejercicio nutritivo para la práctica profesional y a nivel personal. Estoy convencido que para todos fue un rato agradable. Lamentablemente fuimos pocos los abogados litigantes en asistir, y aún menos los funcionarios judiciales.
Pero bueno, finalmente todo camino inicia por el primer paso. Ojalá se repitan este tipo de espacios y oportunidades.
Ya entrando a la parte legal, me quedé con 3 puntos:
- Es necesario nombrar, para poder proteger. Si fingimos que las personas no están, que no existen, si no le damos nombre a las cosas, resulta muy complicado garantizar derechos.
Algunos de los asistentes comentaban que la Constitución garantiza la igualdad, sin importar género o preferencia sexual. Que ya la existencia de criterios diferenciados, era una discriminación.
Sin embargo, la conclusión mayoritaria fue que invisibilizar a los individuos de la comunidad, no reconocer sus características propias, no darles nombre, representa un riesgo mayor, es dejarlos sin el marco legal que asegura sus derechos.
- El sistema legal mexicano está basado en sistemas de dominación que impactan a la comunidad:
- androcentrismo (poner al varón en el centro y como modelo),
- heterocentrismo y heteronormatividad (es la visión de que la relación natural es entre hombre y mujer),
- las personas son clasificadas por sus genitales, hombre y mujer.
- El Protocolo no es vinculante por sí mismo, pero recoge estándares obligatorios. Pide considerar la realidad particular de las personas de la comunidad; también pide a las autoridades identificar estereotipos o prejuicios de género
Si alguno de los lectores desea profundizar en el tema, deben googlear Protocolo de Actuación para quienes imparten Justicia en casos que involucren la Orientación Sexual o Identidad de Género, y/o contactar a la Casa de la Cultura Jurídica en Aguascalientes para investigar futuras fechas de estos temas.
También pueden interactuar directamente con la Dra. Adriana Guadalupe Rivero Garza, en https://www.facebook.com/AdrianaRiveroG/
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