Con una adecuada planificación jurídica puede obtenerse un cobro eficiente.
En este post exponemos algunos problemas comúnes

Problemas de cobranza

Este es un tema recurrente en muchas empresas de perfil PyME.

La situación económica del país se suma a las malas costumbres de acreedores y deudores para dar un panorama complicado. Personalmente tratamos de llegar a un acuerdo previo entre ambas partes, y evitar un proceso largo.

Sólo cuando el acuerdo no logra darse optamos por la vía larga.

Actualmente a nivel mercantil hay principalmente dos formas de cobrar adeudos judicialmente: la clásica vía del juicio ejecutivo mercantil, que tiene como presupuesto la existencia de un título de crédito, llámese Pagaré o Cheque; y el juicio oral mercantil, que puede ser con o sin título, y con o sin otros documentos como contratos o recibos.

Ya hablábamos de malas costumbres de los acreedores, no todo gira alrededor de un deudor que se niega a pagar o que simplemente no puede, también los acreedores tienen sus pecados. El primer obstáculo para el cobro es la falta de documentación, o inventando palabras sería la “verbalización” de la relación jurídico-comercial: muchas veces todo se hace a la palabra, contratos de palabra, comisiones a la palabra, pagarés incompletos, mal llenados o la total ausencia de ellos, no se establece firmemente quién nos compra la mercancía, quién la recoge, quién paga, etc.

Otro inconveniente surge cuando se le da demasiado tiempo, demasiado espacio al deudor incumplido. Este se relaja y deja de pagar, a veces se oculta, oculta o dilapida sus bienes, los títulos prescriben y pierden eficacia, otros documentos se extravían, etc.

Estos incidentes son más comunes de lo que se podría suponer.

Del lado de los deudores obviamente tenemos quienes francamente no quieren pagar. Con esta clase de personas es difícil pactar –aunque no lo descartamos, pues ocasionalmente funciona- y hay que sacarles todo por la ruta larga.

Otros sencillamente no pueden por infinidad de razones, aquí resulta muy útil la negociación pues llegando al punto medio ambas partes ganan y el dinero fluye.

Hablando de tiempos el proceso oral es el más ágil, pues en promedio tarda poco menos de 4 meses para obtener una sentencia. Tiene como punto débil que al final de cualquier manera aún debe convertir el papel de la sentencia en billetes y monedas reales, pero es mejor que tener nada.

El juicio ejecutivo puede llegar a ser más variable. Un juicio exageradamente rápido podría rondar los 6 meses –pero es muy poco frecuente-, en cambio su promedio debe ser entre 8 y 10 meses para la sentencia, mientras que juicios largos pueden superar el año sin dificultad. Su punto fuerte es que lleva el embargo por delante, y alcanzando la sentencia deberías poder cobrar sobre los mismos bienes embargados desde el principio. En cambio resulta indispensable tener el adeudo documentado con un título de crédito, lo cual no siempre sucede.